La exencion del IVA en las actividades extraescolares, el próximo paso

AAEECO, la Asociación Andaluza de Empresas Educativas Culturales y Ocio, ha hecho saber en su última asamblea la situación actual del intento de, tras conseguir la exención del IVA para comedores y Aulas Matinales, hacerlo también con el servicio de Actividades Extraescolares. Bajo la petición de las asociaciones regionales, FOESC (Federación Estatal de Organizaciones Empresariales de Ocio Educativo y Socio Cultural) tramita ante la Dirección General de Tributos esta petición.

Una vez aprobada la enmienda a la Ley de Reforma Fiscal en el congreso por la que «quedarán exentos de IVA los servicios de atención a niños en centros docentes en tiempo interlectivo, durante el comedor escolar o en aulas de servicio de guardería fuera del horario escolar», como ya informamos desde aquí, la patronal propone que se incluya también el servicio de actividades extraescolares.

Este servicio no estaba incluido en el proyecto de la ley, por lo que no ha sido incluido en la exención otorgada. Sin embargo, desde la patronal piensan que debería estar incluido. Por ello hicieron dos consultas vinculantes sobre este asunto a la Dirección General de Tributos, donde dicen que para optar a la exención del IVA la actividad tiene que tener un carácter educativo, no sólo lúdico. Hasta aquí están todos de acuerdo, el problema surge en el mecanismo que utiliza la Dirección de Tributos para comprobar ese carácter educativo, para lo cual requiere la inclusión de las actividades extraescolares en los planes de estudio del sistema educativo.

OCIO EDUCATIVAS. Las actividades extraescolares tienen un carácter más lúdico, pero no dejan de ser didácticas en valores y habilidades sociales.
OCIO EDUCATIVAS. Las actividades extraescolares tienen un carácter más lúdico, pero no dejan de ser didácticas en valores y habilidades sociales.

Esto es algo que nunca podrá producirse, según FOESC, porque de acuerdo con el informe del 4 de mayo de 2012 emitido por la Subdirección General de Ordenación Académica, las actividades extraescolares pueden estar integradas en los planes y proyectos de los centros docentes y tienen un carácter educativo, pero nunca forman parte del plan de estudios.

En enero de 2014, FOESC manda un escrito al Ministerio de educación Cultura y Deporte para que especifique dónde se sitúan las actividades extraescolares dentro del marco educativo, a lo que el ministerio responde que éstas «no están en el plan de estudios en un sentido curricular, si lo están de manera objetiva o material, están vinculadas a la educación en valores y derechos de una manera práctica».

Con estos argumentos, el órgano federativo espera que la Dirección General de Tributos reconsidere su postura al respecto y surtan efectos las consultas vinculantes hechas en junio. En caso negativo, a través de AAEECO se ha hecho saber a sus asociados que se estudiará volver a pedir la inclusión una vez esté puesta en marcha la Ley de Reforma Fiscal y esperar que de una interpretación de la ley haya un cambio de postura con la dirección de tributos, en cuyo caso, aseguran que poseen herramientas jurídicas para plantear una nueva consulta.

FUENTE Aaeeco IMÁGENES ColectivoTandem, BienestarySalud